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| Por: Derecho en red. |
Para orientar y sustentar la gestión ambiental
de los residuos peligrosos, México a través de procesos que requirieron la
aprobación del Senado y la firma del Presidente se ha adherido a Convenios
Internacionales como el de Basilea y Estocolmo.
De estos convenios se han derivado guías técnicas que se constituyen en
referencias obligadas para determinar las formas de manejo y disposición de los
residuos peligrosos.
CONVENIO
DE BASILEA (1)
El Convenio sobre el control de movimientos
transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación por la Conferencia de Plenipotenciarios
en Basilea (Suiza) fue adoptado el 22 de marzo de 1989. El texto fue firmado
por los representantes de 53 gobiernos y la Comunidad Económica Europea. El
Convenio entró en vigor el 5 de mayo de 1992, y, a 7 de noviembre de 2005, 166
países eran Parte en él.
El objetivo general del Convenio es
proteger la salud humana y el medio ambiente contra los efectos nocivos de la
generación, el movimiento transfronterizo y el manejo de desechos peligrosos.
El Convenio se apoya en dos pilares fundamentales, a saber:
El Convenio se apoya en dos pilares fundamentales, a saber:
- Un sistema de control global de los
movimientos transfronterizos de desechos, y
- Un manejo ambientalmente racional de
los desechos.
El propósito del Convenio de Basilea
es regular el movimiento transfronterizo de desechos mediante, entre otras
cosas, un sistema de notificación previa de la intención de exportar desechos
peligrosos y otros desechos, y la obligación de que las Partes den su
consentimiento por escrito (el denominado “consentimiento previo informado”)
antes de que los envíos de esos desechos puedan ser objeto de tránsito o de
importación en zonas sujetas a la jurisdicción nacional (es decir, los espacios
terrestre, marítimo o aéreo en relación con los cuales las Partes ostentan una
responsabilidad reglamentaria y administrativa, de conformidad con el derecho
internacional).
CONVENIO
DE ESTOCOLMO (2)
El
Convenio de Estocolmo tiene por objeto proteger la salud humana y el medio
ambiente frente a los contaminantes orgánicos persistentes (COP), así como
promover las mejores prácticas y tecnologías disponibles para reemplazar a los
COP que se utilizan actualmente, y prevenir el desarrollo de nuevos COP a
través del fortalecimiento de las legislaciones nacionales y la instrumentación
de planes nacionales de implementación para cumplir estos compromisos.
México
firmó el convenio el 23 de mayo de 2001, en Suecia, y lo ratificó el 10 de
febrero de 2003. Fue el primer país de Latinoamérica que ratificó este convenio,
el cual entró en vigor el 17 de mayo de 2004.
Establece
un fuerte régimen internacional para promover la acción global respecto a los
COP que amenazan la salud y el desarrollo de los seres humanos y la vida
silvestre, por lo que dispone una serie de medidas de control sobre su
producción, importación, disposición, uso y eliminación.
Desde
su creación se han establecido las reglas de procedimiento y los órganos
subsidiarios necesarios, como el Comité de Revisión de COP, que garantizan su
operación. Además de promover que los países Parte integren sus Planes
Nacionales de Implementación (PNI) para cumplir los compromisos que establece
este instrumento. El PNI de México se integró en octubre de 2007, al ser
aprobado por el Comité Nacional de Coordinación de México, de composición
multisectorial, se remitió al secretariado del convenio en febrero de 2008.
En
su 4ª Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo se aprobó la
inclusión de 9 sustancias nuevas en los Anexos del Convenio. Se adoptó una
decisión en la que se aprobaron las recomendaciones del Grupo de Trabajo Ad hoc
sobre sinergias de los Convenios de Rotterdam, Basilea y Estocolmo; se
presentaron los informes regionales sobre la evaluación de la eficacia del
Convenio, y se aceptaron algunas nominaciones de los Centros Regionales, entre
ellas, la de México a través del CENICA. No se adoptó un mecanismo de
incumplimiento por la falta de consenso.
(2) http://www.semarnat.gob.mx/temas/agenda-internacional/convenio-de-estocolmo

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