Los residuos peligrosos, dotados de
propiedades corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y
biológico-infecciosas (características CRETIB), han estado sujetos a regulación
ambiental en México desde 1988, año en el que se publicaron disposiciones al
respecto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(LGEEPA), su Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos y siete Normas
Técnicas Ecológicas en la materia hoy Normas Oficiales Mexicanas o NOMs.
Para octubre de 2003, fecha en que se publicó
la nueva Ley en la que se basa actualmente su regulación – la Ley General para
la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR), la experiencia que
se tenía al respecto dio lugar a los cambios introducidos en la materia en la
LGPGIR y en su Reglamento publicado el 30 de noviembre de 2006.
Dentro
de esta LGPGIR encontramos:
- El Programa Nacional para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
- Los planes de manejo
- Las autorizaciones y permisos.
- Las medidas de seguridad.
- La inspección y vigilancia.
El objetivo del
Programa Nacional para la prevención y Gestión Integral de los Residuos busca
la modificación en los sistemas de producción y consumo hacia la prevención en
la generación y hacia la regulación del manejo integral de los mismos.
Sus
principales líneas de acción son:
- Promoción de establecimiento de sistema de manejo ambiental en los tres órdenes de gobierno.
- Publicación de los lineamientos para el control y gestión integral de los residuos peligrosos.
- Fomentar el establecimiento de una bolsa de subproductos que incentive el intercambio de los mismos entre la industria a partir del registro de planes de manejo de residuos peligrosos.
- Contar con un inventario nacional de generación de residuos peligrosos y los padrones de empresas generadoras y prestadoras de servicio de manejo.
- Desarrollar, instalar y operar sistemas de rastreo de residuos peligrosos.
La forma en
que ha evolucionado en el país la
regulación de los residuos peligrosos desde 1988 se ve reflejada en la creación
de las siguientes Normas Oficiales
Mexicanas las cuales son de carácter jurídico y brindan apoyo técnico para el
cumplimiento de la ley.
-NOM-052-SEMARNAT-2005
que establece las características, el procedimiento de identificación,
clasificación y los listados de residuos peligrosos.
-NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002.
Protección Ambiental- Salud ambientalResiduos peligrosos biológico-infecciosos-
Clasificación y especificaciones de manejo.
-NOM-133-SEMARNAT-2000,
Protección Ambiental-Bifenilos Policlorados (BPC’s)- Especificaciones de
manejo.
-NOM-138-SEMARNAT/SS-2003,
Límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y las especificaciones
para su caracterización y remediación.
-NOM-141-SEMARNAT-2003,
Que establece el procedimiento para caracterizar los jales, así como las
especificaciones y criterios para la caracterización y preparación del sitio,
proyecto, construcción, operación y postoperación de presas de jales.
-NOM-147-SEMAARNAT/SSA1-2004,
Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de
suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente,
mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio.


No hay comentarios:
Publicar un comentario